En BOE, Resolución de 25 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios y trabajadores públicos

BOE nº 128 del 26 de mayo de 2010 con Resolución de 25 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en los términos de la Disposición Final Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y se actualizan con efectos de 1 de junio de 2010 las cuantías de las retribuciones del personal a que se refieren los correspondientes artículos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho ejercicio.

El Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público modifica parte del Título III de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, con el objeto de reducir las retribuciones del personal al servicio del sector público en una media de un cinco por ciento, con efectos de 1 de junio de 2010, y respecto a las vigentes a 31 de mayo de este mismo año. Dicha reducción se aplica tanto en las retribuciones básicas como en las complementarias y opera tanto en las nóminas ordinarias de los empleados públicos incluidos en su ámbito de aplicación, como en la paga extraordinaria del mes de diciembre de este mismo año.

Las medidas de reducción de retribuciones, con la finalidad de minimizar sus efectos sobre los salarios más bajos, se aplican con criterios de progresividad para el personal funcionario, dictándose normas específicas para el personal laboral.

La tan traida y llevada progresividad, aparece en los cuadros de los anexos de la norma publicada, como un 4.5% y 2.7% para las retribuciones básicas (sueldo y trienios) para los Grupos A1 Y A2 (facultativos y diplomados), siendo menor de un 2% hasta el 0% en este mismo concepto para el resto de los grupos.

El complemento de destino se ve minorado en un 5% para todos los niveles y grupos, exeptuando el grupo E: Agrupaciones Profesionales Ley 7/2007, en el que las retribuciones complementarias solo se reducirán, con carácter personal, en un 1 por ciento, de acuerdo con lo dispuesto en artículo 24.Uno.B) de la ley de Presupuestos Generales del Estado.

Respecto del complemento específico/exclusividad y f.r.p se reducirá en un 5%, tambien para todos los niveles y grupos, exeptuando el grupo E: Agrupaciones Profesionales Ley 7/2007, en el que las retribuciones complementarias solo se reducirán, con carácter personal, en un 1 por ciento, ee acuerdo con lo dispuesto en artículo 24.Uno.B) de la ley de Presupuestos Generales del Estado.

En definitiva y si no aparecen nuevas correcciones a esta norma y el Congreso apoya la modificación de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, cuestión imprescindible para la aplicación del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo; por los conceptos antes mencionados los facultativos con 7 u 8 trienios, grupo A1 dejan de percibir unos 150-160 euros brutos de sus nóminas a partir de Junio próximo, solo por estos conceptos, faltarían los dependientes de las Administraciones Autonómicas con competencias en servicio de salud, que son todas, que se debatirán en el próximo Consejo Interterritorial del Servicio Nacional de Salud, que será el día 31 de mayo. Puesto que la norma es retroactiva lo percibido desde enero a mayo, durante 5 meses y la parte proporcional de la extra de junio se deducirá de la extra de diciembre que quedará rebajada en no menos de un 50%.

icono_documento_consulta.jpg BOE nº 128 del 26 de mayo de 2010 con Resolución de 25 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos pdf_icon.gif



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