4.- ¿Cómo computan otros permisos remunerados, tales como libranzas postguardia, libre disposición, asistencia a congresos, etc?

Tema: Preguntas sobre la jornada máxima de 48 horas (SmJaén)

Esos otros permisos no computan de ninguna manera; son neutros, ni se restan del número de semanas que componen el semestre, ni se consideran como tiempo de trabajo. Lo mismo cabe decir de los días adicionales de vacaciones por antigüedad, ya que la Directiva, al referirse a las vacaciones como periodo neutro, recoge sólo los 30 días naturales establecidos con carácter general.

En resumen: a estos efectos, y una vez restados del cómputo de semanas las vacaciones y los periodos de I.T., sólo se tienen en cuenta las horas de efectiva prestación de servicios, tanto si corresponden a jornada normal como a jornada complementaria de presencia física (incluyendose en esta última la continuidad asistencial de los hospitales)