Sentencias

Los sindicatos urgen una revisión de la norma laboral para adaptarse a la UE.

Los sindicatos sanitarios urgen una revisión de la legislación española para adaptarse a las exigencias de estabilidad laboral y equiparación salarial de los trabajadores temporales recogidas en dos sentencias consecutivas del Tribunal Superior de Justici

Categorias: Actualidad Nacional, Normativa, Visto en Prensa
Colectivos:

Dos sentencias sucesivas del Tribunal de Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) han llevado a los sindicatos sanitarios a pedir una revisión urgente de la normativa laboral vigente en España, en concreto del Estatuto de los Trabajadores y del Estatuto Marco.

Si la semana pasada el TSJ europeo cuestionaba el encadenamiento de contratos temporales que permite el Estatuto Marco, un nuevo fallo del Alto Tribunal de la UE sentencia que España no puede discriminar en las indemnizaciones por despido a trabajadores fijos y temporales, de forma que ambas categorías deben recibir una indemnización económica por despido de 20 días por año trabajado.

Según el Estatuto de los Trabajadores actualmente en vigor, esos 20 días son la indemnización mínima que reciben los profesionales fijos despedidos, y se reduce a entre 8 y 12 días de sueldo por año de servicio, en el caso de los temporales. Los interinos no reciben compensación económica alguna en caso de ser despedidos.

La acumulación de ambos fallos en tan corto intervalo de tiempo ha hecho que los principales sindicatos sanitarios reclamen al unísono una revisión tanto de la norma general como del Estatuto Marco, que regula las condiciones laborales del personal sanitario en el SNS.

Julián Ezquerra, secretario general de Amyts, considera que esta última sentencia es de aplicación al personal laboral, que, «en el caso de los médicos, no son especialmente numerosos», pero, «independientemente de sus implicaciones, urge acotar muy bien los artículos de la ley que hacen referencia al personal temporal, porque, en el caso del Estatuto Marco, es lo suficientemente ambiguo para permitir una sucesión de contratos temporales que el TSJ de la UE ya ha dicho que es irregular».

Ezquerra recuerda que Amyts tiene interpuesto un recurso ante la justicia europea denunciando la precariedad laboral de los aproximadamente 4.000 médicos (entre eventuales e interinos de larga duración) que hay en el Servicio Madrileño de Salud.

Discriminación salarial

Con respecto a la equiparación de las indemnizaciones por despido, Ramón Górriz, secretario de Acción Sindical de CCOO, deja muy claro que «la legislación española debe cambiar para evitar la actual discriminación».

El sindicato entiende que esta equiparación beneficiará a todos los contratos temporales que se suscriban a partir de ahora, pero también «a los que se hayan extinguido antes de la fecha de la sentencia, si no ha transcurrido un año desde esa extinción».

Desde UGT, Gracia Álvarez, secretaria general de Sanidad, afirma que estas sentencias «evidencian que el derecho comunitario protegen la estabilidad laboral, a diferencia del Estatuto Marco, que se aprobó en 2003 con el rechazo sindical». En referencia a estatutarios y funcionarios, Álvarez insta a que se aplique el Estatuto Básico del Empleado Público, «que es posterior al Estatuto Marco [de 2007] y más garantista en lo que a estabilidad laboral se refiere».

Ampliando esta noticia leemos también que, C’s presenta una PNL en el Congreso para acabar con la precariedad laboral en sanidad que la puedes leer en este enlace 

Fuente: Diario Médico