Retrasado sine die por sentencias del Supremo el concurso de traslado del cuerpo A-4

Ayer martes, 23 de noviembre, estaba previsto que se publicara en BOJA la convocatoria, en la que se ofertan 106 plazas de la especialidad de Veterinaria y 176 plazas de la especialidad de Farmacia, del concurso de traslado de puestos vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades de Veterinaria y Farmacia, en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud. Disponibles las sentencias a texto completo.

Pero no ha podido ser así, pues en el transcurso de estos días, entre el anuncio de su publicación y la publicación propiamente dicha, ha recaído una segunda sentencia del Tribunal Supremo, en relación con sendas sentencias del TSJA de Granada, que viene a revalidar la primera que recayó a finales del mes pasado, por las que se la anula la parte de la fase de concurso (en concreto los servicios prestados al SAS y no SAS) y sus actos administrativos, de la OPE del Cuerpo A4, celebrada en los años 2001-2002 y resuelta en el 2003.

Encontrándonos en esta situación no ha habido más remedio que dar marcha atrás y convocar para mañana jueves día 25 a las organizaciones sindicales presentes en mesa sectorial, para una reunión informativa sobre la ejecución de las citadas sentencias y ver que solución se le van a dar este escollo judicial.

Las referidas sentencias vienen a condenar la discriminación en el acceso a la función pública en base a la sobrevaloración de los servicios prestados para la administración autonómica en depreciación o infravaloración de los prestados para otras entidades de la Administración del Estado.

Los recurrentes alegaban un único motivo de casación, con base a lo dispuesto en el articulo 88.1.d). de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa , considerando que la sentencia vulnera el principio de igualdad en el acceso a la función publica. Sostienen que una cosa es que se valoren de forma distinta los méritos, según la Administración de procedencia y otra que, ante la creación de un nuevo Cuerpo de Funcionarios la Administración se otorgue preferencia a los veterinarios encargados de la sanidad animal, frente a quienes se dedican a la sanidad alimentaria.

Recordemos que la sentencia recurrida a este respecto dice lo siguiente: "(....) El apartado II del Anexo II de la Resolución que se recurre, mediante la cual se convocaban pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, de la Especialidad de Veterinaria, en Centros Asistenciales del Organismo, (....) incluido dentro del baremo de méritos del concurso-oposición por el que se había de regir la fase de concurso, y que tenía como objeto la valoración del trabajo desarrollado, tiene el contenido literal siguiente: "La puntuación máxima posible para cada aspirante por el conjunto de los méritos previstos en este apartado II del baremo será de 40 puntos. Por cada mes de servicios prestados como Veterinario en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud: 0,3 puntos. Por cada mes de servicios prestados como Veterinario de Cuerpos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones Locales, o como Veterinario de Atención Primario en otros Servicios de Salud o Insalud: 0,1 puntos".

Ambas sentencias de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo que comparten el mismo Ponente, dicen prácticamente lo mismo, obviamente, y se pueden consultar en los siguientes documentos:

icono-descarga_documento.jpg Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
Sede: Madrid
Sección: 7
Nº de Recurso: 1996/2007
Procedimiento: RECURSO CASACIÓN. SENTENCIA.
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icono-descarga_documento.jpg Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
Sede: Madrid
Sección: 7
Nº de Recurso: 1992/2007
Procedimiento: RECURSO CASACIÓN. SENTENCIA
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Sindicato Médico Andaluz