OPE SAS

Importante: Subsanación de errores del baremo OPE 2013-15. Más categorías y especialidades.

Publicadas en el BOJA las Resoluciones de las categorías y especialidades que faltaban por las que se requiere a aspirantes que subsanen el defecto consistente en que un mismo mérito lo han incluido en varios apartados del baremo.

Categorias: Actualidad Andalucía, Opinión SMA, Oposiciones y Concursos
Colectivos: ,

Hoy se han publicado en el BOJA las Resoluciones de las categorías y especialidades que faltaban por las que se requiere a aspirantes que subsanen el defecto consistente en que un mismo mérito lo han incluido en varios apartados del baremo. 

Resolución de 7 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la cual se requiere a las personas opositoras que se citan la subsanación de la acreditación de méritos en los que, al no disponer de la correspondiente certificación, se incluyó en el sistema informático el justificante de haberla solicitado, correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre de las categorías/especialidades que se citan.

Resolución de 7 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la cual se requiere la subsanación de errores formales en la inclusión de determinados méritos en el sistema informático, correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna de las categorías/especialidades que se citan.

En estas Resoluciones se establece para las categorías/especialidades de Facultativo/a Especialista de Área especialidad Anestesiologíay Reanimación, Cirugía General y Aparato Digestivo, Cirugía Ortopédica y Traumatología, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Obstetricia y Ginecología, Pediatría, Radiodiagnóstico, Medico/a de Familia de Atención Primaria, Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, Pediatra de Atención Primaria, Enfermero/a, Fisioterapeuta, Matrón/a, Técnico/a Especialista en Laboratorio, Técnico/a Especialista en Radiodiagnóstico, Auxiliar de Enfermería, Técnico/a de Función Administrativa opción Administración General, Técnico/a Medio-Gestión de Función Administrativa opción Administración General, Trabajador/a Social, Administrativo/a, Auxiliar Administrativo/a, Celador/a-Conductor/a, Celador/a, Cocinero/a, Personal de Lavandería y Planchado, y Pinche, que tendrán de plazo 10 días hábiles: del 15 al 29 de diciembre, ambos inclusive.

En dichas resoluciones resuelven: 

Requerir a las personas opositoras que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, para que procedan a la subsanación del defecto formal detectado en la inclusión de aquellos méritos que se les indica expresamente en el propio sistema informático, por haberse detectado por el Tribunal Calificador que dichos méritos han sido incluidos en varios apartados diferentes del baremo. 

Para realizar esta subsanación, deberán acceder al sistema informático (con Certificado Digital o con usuario y contraseña) desde la web del Servicio Andaluz de Salud y marcar expresamente el apartado del baremo en el que desean que figure el mérito, de forma que el mismo se encuentre en un único apartado, bajo la declaración responsable de la persona interesada en la que se responsabiliza de la veracidad de dicha manifestación de voluntad. Para la declaración responsable no se exigirá la firma digital siendo suficiente el sistema de usuario y contraseña. 

El plazo del que disponen las personas que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución para realizar la subsanación requerida será de diez días hábiles, contados a partir del 15 de diciembre de 2017 hasta el 29 de diciembre de 2017, ambos inclusive. 

En caso de que, dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, no se subsane el defecto formal detectado, el Tribunal Calificador entenderá que la persona opositora opta por manifestar expresamente que el mérito debe figurar en el último apartado del baremo al que anexó el mérito concreto.

NOTA DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL SMA: 

Nos parece intolerable que 2 años después de celebrarse el examen, el SAS publique esta resolución que demuestra el escaso interés y la absoluta ineficiencia en cuanto a la resolución de una OPE que se eterniza. 

Es inconcebible que hasta ahora nadie haya detectado esta circunstancia y es inadmisible que a estas alturas, saquen una corrección de errores que obliga a los interesados a enfrentarse de nuevo a una lentísima VEC.

Esperemos que no haya daños irreparables, por que de ser así, la responsabilidad será por completo del SAS.

Nosotros ya hemos dejado clara nuestra postura y estos retrasos son innecesarios e inadmisibles.   

Fuente: BOJA