El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (4 de octubre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (3 de octubre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (2 de octubre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (2 de octubre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de firma del contrato indefinido será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (1 de octubre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (1 de octubre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de firma del contrato indefinido será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (30 de septiembre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (30 de septiembre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.