Categoría: Oposiciones y Concursos

Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles (del 29/07/2024 al 16/08/2024) a contar desde el día siguiente hábil al de su publicación en la página Web del Servicio Andaluz de Salud, para formular alegaciones contra la misma.
El plazo de toma de posesión o de firma será de un mes improrrogable a partir del día 2 septiembre de 2024. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada así apreciada la Dirección General.
El plazo de presentación es de 5 días hábiles a contar a partir del día hábil siguiente al de publicación de la presente Resolución en la página web del Servicio Andaluz de Salud (Desde el 25/07/2024 al 31/07/2024, ambos inclusive)
Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles (del 25/07/2024 al 14/08/2024) a contar desde el día siguiente hábil al de su publicación en la página Web del Servicio Andaluz de Salud, para formular alegaciones contra la misma
 La presente Resolución será efectiva al día siguiente de su publicación en la página Web del Servicio Andaluz de Salud (25 de julio)
El plazo de presentación es de 5 días hábiles a contar a partir del día hábil siguiente al de publicación de la presente Resolución en la página web del Servicio Andaluz de Salud (Desde el 25/07/2024 al 31/07/2024, ambos inclusive)
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable (24 de julio o a 24 de agosto), contado a partir del primer día hábil siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable (23 de julio o a 23 de agosto), contado a partir del primer día hábil siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles (del 22/07/2024 al 09/08/2024) a contar desde el día siguiente hábil al de su publicación en la página Web del Servicio Andaluz de Salud, para formular alegaciones contra la misma, y contra la aplicación de los criterios de desempate que han sido necesarios emplear. Las alegaciones deberán presentarse a través de la VEC,

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