OEP Estabil

Publicada en el BOJA la aprobación de listados definitivos, la relación de las plazas ofertadas y el plazo para solicitar destino de la OEP de Estabilización de Pediatra de Atención Primaria, acceso libre.

En la Resolución publicada, se aprueban los listados definitivos de aspirantes que superan el concurso-oposición y logran plaza con la relación de plazas ofertadas y plazo para solicitar destino, de Pediatra de Atención Primaria, acceso libre, OEP Estab.

Categorias: Actualidad Andalucía, Oposiciones y Concursos
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Publicación en BOJA de una Resolución que aprueba la publicación de los listados definitivos de personas que han superado el concurso oposición de la OEP 2017-Estabilización de la categoría de Pediatra de Atención Primaria por el sistema de acceso libre. En ella se indica también las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 70, publica hoy día 15 de abril de 2021, una resolución que aprueba la publicación de los listados DEFINITIVOS de personas que han superado el concurso oposición por el sistema de acceso libre de la OEP, se indican las PLAZAS que se ofertan y se inicia el PLAZO para solicitar destino en la categoría de:

  •  Pediatra de Atención Primaria

En esta Resolución se resuelve: 

Primero. Aprobar , a propuesta de los Tribunales Calificadores, las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición por el sistema de acceso libre de las categorías y especialidades descritas anteriormente. 

Las citadas listas se publican por orden alfabético y de puntuación, indicando e lsistema de acceso por el que participa cada aspirante, la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en cada uno de los apartados del baremo de méritos, y las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, de oposición y la total del concurso-oposición.

Segundo. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes que no han superado el concurso-oposición, ordenadas alfabéticamente, con indicación de la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo presentado, la puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida en el concurso-oposición. La puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en la fase de concurso sólo se indica en el caso de que la puntuación del autobaremo sea igual o mayor que la obtenida por la última persona aspirante que supera definitivamente el concurso-oposición.

Tercero.  Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes excluidas del concurso oposición en la fase de concurso, con indicación de la causa de exclusión.

Cuarto.  Publicar, como Anexo II a esta resolución, la relación de causas de exclusión.

Quinto.  Anunciar que las citadas listas definitivas se encontrarán expuestas al público en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud.

Acceso Libre

Sexto.  Aprobar la relación de plazas que se ofertan conforme a la distribución por centros de destino que se indica en el Anexo I de la presente resolución.

Séptimo. En el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, aquellas personas aspirantes que han superado el concurso oposición deberán presentar la solicitud de Petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud 

Desde el día 16 de abril hasta el 6 de mayo de 2021, ambos inclusive. 

En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 del Anexo I de la convocatoria y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el anexo.

En dicha solicitud de Petición de centro de destino la persona aspirante deberá realizar varias declaraciones responsables. (ver Resolución)

Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto, alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento y otros análogos. Dicha solicitud, será resuelta en cada caso por la Dirección General de Personal. (ver Resolución)

Octavo.  La petición de centro de destino, las declaraciones responsables requeridas en la resolución y la documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento (si las hubiera), deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la Petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma. 

La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Noveno.  Finalizado el plazo de presentación de la Petición de destino citado en el apartado segundo, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.  

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución  en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.   

En este enlace puedes consultar un tutorial acerca de ¿Cómo realizo la solicitud de plaza? 

Estas son las plazas ofertadas y la Resolución: 

Image titleImage titleResolución de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Pediatra de Atención Primaria por el sistema de libre, se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino.