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Urgente. OPE 2013-15. Aporte del certificado del Mérito para sustituir al justificante de haberlo solicitado.

Se publican hoy en el BOJA Resoluciones donde se solicita la aportación por parte del aspirante del certificado del mérito que sustituya al justificante de haberlo solicitado. Plazo de diez días hábiles.

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Hoy día 14 de diciembre de 2017 se publican en el BOJA Resoluciones donde se solicita la aportación por parte del aspirante del certificado del mérito que sustituya al justificante de haberlo solicitado. 

Resolución de 7 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la cual se requiere a las personas opositoras que se citan la subsanación de la acreditación de méritos en los que, al no disponer de la correspondiente certificación, se incluyó en el sistema informático el justificante de haberla solicitado, correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre de las categorías/especialidades que se citan.

Resolución de 7 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la cual se requiere a las personas opositoras que se citan, la subsanación de la acreditación de méritos en los que, al no disponer de la correspondiente certificación, se incluyó en el sistema informático el justificante de haberla solicitado, correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna de las categorías/especialidades que se citan.

Por Resoluciones de 23 de febrero de 2017 de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 41, de 2 de marzo) se publicaron las listas de personas opositoras a las que se les requiere la documentación acreditativa de requisitos y méritos alegados y autobaremados, correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre y de promoción interna de Facultativo/a Especialista de Área especialidad Anatomía Patológica, Anestesiología y Reanimación, Aparato Digestivo, Cardiología, Cirugía General y Aparato Digestivo, Cirugía Ortopédica y Traumatología, Cirugía Pediátrica, Cirugía Plástica y Reparadora, Dermatología Médico Quirúrgica y Venereología, Endocrinología y Nutrición, Farmacia Hospitalaria, Hematología y Hemoterapia, Medicina Física y Rehabilitación, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Nuclear, Microbiología-Parasitología, Nefrología, Neumología, Neurocirugía, Neurología, Obstetricia y Ginecología, Oftalmología, Oncología Médica, Oncología Radioterápica, Otorrinolaringología, Pediatría, Psiquiatría, Radiodiagnóstico, Reumatología, Urología, Farmacéutico/a de Atención Primaria, Médico/a de Familia de Atención Primaria, Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, Pediatra de Atención Primaria, Enfermero/a, Fisioterapeuta, Matrón/a, Técnico/a Especialista en Laboratorio, Técnico/a Especialista en Radiodiagnóstico, Técnico/a Especialista en Radioterapia, Auxiliar de Enfermería, Técnico/a de Función Administrativa opción Administración General, Técnico/a Medio Gestiónde Función Administrativa opción Administración General, Trabajador/a Social, Administrativo/a, Celador/a-Conductor/a, Técnico/a Superior en Alojamiento, Cocinero/a, Auxiliar Administrativo/a, Celador/a, Personal de Lavandería y Planchado, y Pinche.

En dichas Resoluciones de 23 de febrero de 2017 se establecía que en el supuesto de solicitada por las personas aspirantes la acreditación de méritos, no recibieran en tiempo la certificación interesada, deberán adjuntar copia de dicha solicitud, sin perjuicio de que posteriormente, una vez emitida la certificación requerida, deba aportarse para su unión al expediente.

Por medio de las resoluciones publicadas hoy, se resuelve:

Requerir a las personas opositoras que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, para que subsanen la acreditación de méritos en los que, al no disponer de la correspondiente certificación, en su lugar se incluyó en el sistema informático el justificante de haberla solicitado, de forma que la certificación que ahora se requiere sustituya al mencionado justificante. 

Para realizar esta subsanación deberán acceder al sistema informático (con Certificado Digital o con usuario y clave) desde la web del Servicio Andaluz de Salud al apartado «Mis Méritos», y en el menú lateral debes seleccionar «Aporte Documentación Definitiva». La aplicación te mostrará el paso 5 del alta de méritos en el que podrás incluir la documentación definitiva. La documentación definitiva se anexa de manera análoga al resto de documentación, bajo la declaración responsable de la persona interesada en la que se responsabiliza de la veracidad de dicha manifestación de voluntad. Para la declaración responsable no se exigirá la firma digital siendo suficiente el sistema de usuario y contraseña. El plazo del que disponen las personas que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución para realizar la subsanación requerida será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, es decir del 15 al 29 de diciembre de 2017, ambos inclusive.

Fuente: BOJA