Jubilación

Jubilación del médico en 2020: Requisitos, cuantías, cálculos…

Análisis del SM Granada de la situación actual de las jubilaciones en el sector médico. Desde los requisitos establecidos para su percepción, hasta los complementos a tener en cuenta, pasando por su repercusión en las plantillas de los centros sanitarios.

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Muchos médicos, cuando estaban próximos a la edad de jubilación, hace unos años, preguntaban si podían continuar trabajando unos años más. Con los drásticos recortes que hemos sufrido por la crisis, que por desgracia se han traducido en unas condiciones de ejercicio profesional muy penosas (masificación, presión asistencial, falta de sustitutos, acumulaciones, estrés…), ahora son menos los que quieren continuar y muchos los que preguntan ¿cuándo me puedo jubilar?, no aguanto más, estoy agotado, en estas condiciones no quiero seguir.

En el informe realizado por Vicente Matas del Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada sobre la jubilación del médico en el año 2020, se aclara entre otras cosas que, a la hora de que un facultativo cobre la pensión, existe, desde la crisis del petróleo de los años 70, un tope máximo en España, que en el año 2020 es de 2.683,34 euros brutos mensuales, para 14 pagas, que suman un total de 37.566,76 euros brutos anuales. 

“Muy posiblemente, este tope de pensión no se suprimirá por el Gobierno cuando suprima el tope de la cotización, como han advertido en alguna ocasión, con lo que los  médicos cotizaremos más sin percibir mayor pensión”, añade este especialista, que explica que “en el año 2020, para hacer los cálculos se utilizan las bases de cotización de los últimos 23 años (276 meses) y se dividen por 322 (así convierten las bases que se abonan en 12 pagas en bases de 14 pagas), el resultado de la operación es la base reguladora”.

Por tanto, “la pensión se calcula mediante un porcentaje sobre la base reguladora, este porcentaje es variable en función de los años de cotización”. En concreto, “con 36 años cotizados entre los años 2020 y 2022, es el que afecta este año” y si se cumple este requisito de tiempo, “para llegar al 100 por cien de la base reguladora, le correspondería por las cotizaciones que ha realizado, una pensión de jubilación de 3.059,08 euros/mes,  en 14 pagas (42.827,12 euros/año)”.

Sin embargo, tal y como se citó anteriormente, a esta cuantía “le afecta el tope máximo y, por eso, la pensión que percibirá será de 2.683,34 euros brutos mensuales, en total 37.566,76 euros brutos anuales”, expone. Además, estas cantidades son brutas, por lo que “una vez aplicado una retención aproximada del 20 por ciento, el importe neto se queda en unos 2.146 euros al mes”, sostiene. “Se cotiza por más de lo que puedes, finalmente, recibir; en este caso, recibe 375,34 euros menos al mes de lo que le corresponde por lo que ha cotizado, lo que suponen 5.260,36 euros menos al año”, incide.

Brecha entre hombres y mujeres

Este informe señala que “a las mujeres que hayan tenido dos o más hijos, biológicos o adoptados, se les aplicará un complemento por maternidad consistente en un porcentaje aplicable al importe de la pensión que se causen a partir de 1 de enero de 2016. Sin embargo, cuando la cuantía de la pensión se encuentra limitada por el tope máximo, el complemento  por maternidad se reduce el 50 por ciento del importe que correspondía por la pensión inicial. Este complemento contribuye, solo en parte, a reducir la brecha entre las pensiones medias que reciben los hombres y las que reciben las mujeres, que son inferiores al cobrar sueldos inferiores, de media, durante la vida laboral y cotizar menos”.

Asimismo, Vicente Matas hace una distinción para los “funcionarios que cotizan a clases pasivas, entre los que se encuentran los médicos de Asistencia Pública y Domiciliaria (APD) y los médicos que trabajan como funcionarios para las distintas Administraciones, se pueden jubilar con la edad de 60 años y con 30 años cotizados. El importe que perciben, puede ser el tope máximo con 33 años cotizados”.

Simulación en la Seguridad Social

El autor de este documento recomienda que “quien pueda estar próximo a la jubilación, obligatoria por edad o anticipada, si ya no puede más y está cansado, acuda a la Seguridad Social y que le hagan una simulación para estar  perfectamente informado, los cálculos deben ser individuales”.

Matas insiste en que la profesión médicamerecería, al igual que otras profesiones (mineros, bomberos, policía local…), tener un factor corrector y la posibilidad de una jubilación voluntaria entre los 60 y 70 años de edad, al igual que los funcionarios. El tiempo de las guardias debería considerarse tiempo trabajado a efectos de jubilación y su  retribución, que es inferior a la hora ordinaria, debería tener un tratamiento fiscal favorable”.

Graves dificultades 

“Las jubilaciones que se están produciendo en los últimos tiempos están causando graves dificultades en los hospitales, centros de salud y consultorios, debido a que las plantillas de médicos, que ya eran insuficientes, se ven muy reducidas cuando no se cubren las jubilaciones y las cargas de trabajo se hacen insoportables. Además, por la falta de planificación a largo plazo de las Administraciones, no se ha tenido en cuenta el gran número de jubilaciones que se están produciendo y se producirán en los próximos años y, en determinadas especialidades, no existen médicos especialistas disponibles”, alerta este estudio.

Por tanto, concluye este informe que “es hora de poner soluciones urgentes, incrementando durante unos años, aún más, el número de plazas de Médicos Internos Residentes (MIR) en determinadas especialidades (tardan cuatro o cinco años en formarse) y mejorando las condiciones del ejercicio profesional”.   

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Fuente: Acta Sanitaria