Plazas a OP

Plazas a OPE, una auténtica barbaridad

De forma unilateral y sin haber siquiera informado a la mesa sectorial, el SAS cambia “las reglas de juego” y saca una oferta de destinos absolutamente discriminatoria en muchos aspectos ya que excluye a determinados centros en las OPEs de estabilización.

Categorias: Actualidad Andalucía, Opinión SMA
Colectivos:

Hace unos días el BOJA publicó “por un torpe error” el listado de posibles destinos a elegir para aquellos que han superado la OPE18-21 en la especialidad de  Radiodiagnóstico sin que se hubiera publicado aún el listado de opositores que han superado dicha OPE.

Pero, más allá de este “incomprensible error”, dicha publicación en BOJA dejaba algunas incertidumbres sobre posibles cambios importantes en la mecánica de oferta de destinos que pueden afectar gravemente a los intereses de muchos opositores y propietarios; lo más significativo es que habiendo superado la OPE 18-21 solo 53 candidatos, se ofertan 170 plazas.

Según nos han informado desde el SAS esta diferencia entre el número de aprobados y el número de destinos se debe a que se pretende ofertar todos los destinos posibles para ser elegidos por los aprobados en las distintas OPEs (en primer lugar los aprobados en la OPE 18-21, en segundo lugar los que salgan de la OPE extraordinaria por concurso de méritos y por último, los que superen la OPE extraordinaria por concurso oposición). 

Esta decisión, que no ha sido ni consensuada ni comentada en mesa sectorial, adolece de un grave error y supone una inaceptable discriminación para algunos opositores que no podrán competir por un destino en su ciudad debido a una interpretación torticera de un acuerdo alcanzado en mesa técnica.

El SMA siempre ha defendido que todas las plazas disponibles deben salir a traslado previamente a cualquier OPE para que aquellos propietarios que llevan años con su plaza en un destino situado lejos de su ciudad puedan optar a dichas plazas. Pero dado que la Administración nunca saca todas las plazas disponibles, se acordó que en aquellos centros en los que no se oferten a traslado el 100% de las plazas disponibles, tampoco saldrían plazas a la OPE que sigue a ese traslado (de esta forma se “forzaba” a que toda plaza que vaya a salir a OPE tenga que salir antes en el concurso de traslado previo). 

Pero este procedimiento acordado en mesa solo puede aplicarse a una convocatoria concreta de OPE y al traslado que la precede, en ningún caso puede hacerse extensivo a OPEs sucesivas y mucho menos a OPEs de carácter tan extraordinario como las derivadas de la Ley 20/21 que, además, no han tenido traslado previo (al menos de momento).

Si la administración sigue adelante con su planteamiento, ocurrirá que a los que superen las OPEs extraordinarias no se les ofertarán destinos en determinados centros “alegando que no se ofertaron al traslado previo de la OPE 18-21”.

Desde el SMA no podemos aceptar esta forma de hacer las cosas. No entendemos que decisiones tan trascendentes se tomen sin siquiera informar a las OOSS ni buscar el consenso. Lo razonable sería ofertar ahora tantos destinos como opositores hayan superado la OPE y posteriormente convocar un concurso de traslado con todas las plazas disponibles y, una vez resuelto, ofertar tantos destinos como opositores superen las OPEs de estabilización.

Esperemos que el SAS valore las consecuencias y rectifique lo que nos ha comunicado tras la publicación mencionada. Creemos que aún hay tiempo para recuperar la sensatez y, si no fuera así, estudiaremos las vías legales que existan para evitar un procedimiento tan claramente discriminatorio. 

Comité Ejecutivo SMA