
IRPF 2015
20/04/2016
Todos los Colectivos,
Los contribuyentes pueden deducirse en su declaración un porcentaje de las cuotas que han pagado a los sindicatos y los colegios profesionales. Os explicamos cómo hacerlo en la nueva aplicación Renta Web.
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Fuente: Expansión
Enlace: http://bit.ly/23JnOeO
Hoy abordamos una de las deducciones que puede aplicar a su declaración: las cuotas sindicales, que se consideran como gastos deducibles que restan de la base imponible, un porcentaje de dichas aportaciones (según cual sea esa base imponible).
El contribuyente también se puede deducir las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria y con un máximo de 500 euros anuales).
Las cantidades aportadas a estos fines deberán introducirse en las casillas 12 y 13 de su declaración como parte del apartado "Rendimientos del trabajo".
La campaña de la Renta 2015 arrancó el pasado 6 de abril y, como cada año, Expansión te ayuda para intentar resolver todas las dudas a través de una cobertura especial, que incluye las novedades, dudas frecuentes y un consultorio activo hasta el 30 de junio.
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