El informe subraya la necesidad de una planificación a medio y largo plazo que considere las jubilaciones médicas, la ampliación de plantillas y la emigración de especialistas.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (03 de junio) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (30 de mayo) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.