El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (hasta 16 de junio) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (03 de junio) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (30 de mayo) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.