El Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía: elemento clave pero desconocido del sistema sanitario público andaluz

El Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía es, en definitiva, un elemento clave dentro del conjunto de los facultativos que velan por la salud integral de la población andaluza. A pesar de ello, se ven obligados a hacerlo en unas condiciones no acordes a su cualificación y su relevancia para la Salud Pública.

Categorias: Política y Gestión Sanitaria
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Por desgracia, el Cuerpo Superior Facultativo de Veterinarios y Farmacéuticos de Instituciones Sanitarios de la Junta de Andalucía es un gran desconocido no solo para la población general, sino también para muchos de sus compañeros de la Sanidad Pública Andaluza.

Actualmente, en el ámbito de la Salud Pública se ha impuesto el concepto “ONE HEALTH” (Salud única), que define un abordaje conjunto de tres ámbitos interrelacionados: salud humana, salud animal y salud ambiental. El objetivo es que los/as profesionales que trabajan en cualquiera de ellos lo hagan de forma conjunta para defender una única salud.

Dentro del Servicio Andaluz de Salud, en el ámbito de la salud humana, la labor del personal facultativo estatutario es bien conocida. Menos conocida, sin embargo, es la importante labor de protección de la salud (salud animal y salud ambiental) realizada por los/las funcionarios/as del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía.

Este cuerpo fue creado en 1997, pertenece al grupo de clasificación profesional A1 y cuenta con dos especialidades: Farmacia y Veterinaria. En 2008, el Decreto 70/2008 de 26 de febrero, regula para ambas especialidades la plantilla orgánica, las funciones, las retribuciones, la jornada y horario de trabajo, el acceso y la provisión de puestos de trabajo, y les atribuye las siguientes funciones:

  • PROTECCIÓN DE LA SALUD, que incluye:
    • Seguridad Alimentaria: control oficial de la producción y comercialización de alimentos, aditivos, coadyuvantes tecnológicos y otros productos alimentarios.
    • Salud Ambiental: seguridad química, aguas de consumo, aguas de baño, instalaciones con riesgo de Legionela, tatuajes y piercings.
    • Zoonosis y Epidemiología: programas y actividades para la prevención de enfermedades transmitidas por animales, riesgos derivados de la fauna, estudios epidemiológicos de éstas y de otros brotes de origen alimentario o ambiental.
  • PROMOCIÓN DE LA SALUD (Hábitos y Entornos Saludables): Información, Formación y Educación para la Salud
  • FORMACIÓN e INVESTIGACIÓN

Estos facultativos se encuadran como AGENTES DE SALUD PÚBLICA junto a otros profesionales (Técnicos de Salud, Gestión y Servicios) en la Unidad de Protección de la Salud, que forma parte de los Servicios de Salud Pública integrados en los Dispositivos de Apoyo de los Distritos de Atención Primaria.

El progresivo incremento de sus funciones a lo largo de los años no ha tenido reflejo en la dotación necesaria de personal, motivo por el cual sus plantillas son en la actualidad totalmente insuficientes. La regulación de la jornada, horario, turnos de trabajo y guardias resulta totalmente inadecuada, siendo sus condiciones laborales y retributivas mucho peores que las del resto de los facultativos del Sistema Sanitario Público Andaluz. La retribución del Complemento de productividad, así como la Carrera Profesional, resultan igualmente discriminatorias.

El Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía es, en definitiva, un elemento clave dentro del conjunto de los facultativos que velan por la salud integral de la población andaluza. A pesar de ello, se ven obligados a hacerlo en unas condiciones no acordes a su cualificación y su relevancia para la Salud Pública.

El SMA seguirá luchando sin descanso hasta poner fin a esta injusticia y anima al conjunto de sus afiliados a conocer mejor a estos compañeros a través del informe que adjuntamos:

 

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Comité Ejecutivo del SMA